Exoneran al Poder Judicial de normas establecidas en el Artículo 42° de la Ley Marco del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoLey N° 26617
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1.- Exonérase al Poder Judicial durante el ejercicio fiscal 1996 de las normas establecidas en el Artículo 42o. de la Ley No. 26199 - Ley Marco del Proceso Presupuestario del Sector Público.
Artículo 2.- El Plan Operativo del Proceso de Reforma y Modernización del Poder Judicial, a nivel de Programas y Subprogramas, precisando objetivos, metas y acciones con sus respectivos cronogramas de ejecución cuantificados, se remitirán a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, dentro de los quince (15) días calendario de vencido cada bimestre de 1996.
Artículo 3.- Derógase o modifícase las disposiciones legales que se opongan a la presente ley.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.En Lima, a los treinta días del mes de mayo de mil novecientos noventa y seis.MARTHA CHAVEZ COSSIO DE OCAMPOPresidenta del Congreso de la RepúblicaVICTOR JOY WAY ROJASPrimer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaAL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICAPOR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis.ALBERTO FUJIMORI FUJIMORIPresidente Constitucional de la RepúblicaCARLOS HERMOZA MOYAMinistro de Justicia