26387

Descarga el documento

Loading PDF...
<b>Disponen que el Ministerio Público restablezca las Fiscalías Especiales de </b><b><b>Defensoría del Pueblo y Derechos Humanos</b><b><b>Ley N° 26387</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo Unico.- El Ministerio Público restablecerá las Fiscalías Especiales de Defensoría del Pueblo y Derechos <b>Humanos hasta la instalación y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> Lima, treintiuno de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro.<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> VICTOR JOY WAY ROJAS<b>Segundo Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> Mando se publique y cumpla.<b> Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.<b> ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI<b>Presidente Constitucional de la República<b> FERNANDO VEGA SANTA GADEA<b>Ministro de Justicia<b><hr>