26372

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<b>Derogan el Decreto Supremo Nº 063-85-TC</b><b><b>Ley N° 26372</b><b> EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: <b> El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:<b>Artículo 1o.- Deróguese el Decreto Supremo No. 063-85-TC de fecha 29 de Noviembre de 1985.<b> Artículo 2o.- Restitúyase la plena vigencia de los Decretos Supremos Nos. 253-83-EFC y 257-83-EFC, de fecha 24 de <b>junio de 1983 y 1o. de Julio de 1983, respecivamente.<b> Artículo 3o.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior el Poder Ejecutivo ejercitará las acciones legales a que <b>hubiere lugar, ante los Tribunales competentes nacionales o extranjeros en defensa de los intereses del país, <b>relacionados con los contratos de arrendamiento financiero de las motonaves Mantaro y Pachitea.<b> Comuníquese al Presidente de la República para su promulgación.<b> Lima, a los cuatro días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y cuatro.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático.<b> AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA<b>POR TANTO:<b> No habiendo sido promulgado oportunamente por el señor Presidente de la República; en observancia de lo dispuesto <b>por el artículo 108o. de la Constitución Política del Perú, mando se comunique al Ministerio de Economía y Finanzas, <b>para su publicación y cumplimiento.<b> JAIME YOSHIYAMA<b>Presidente del Congreso Constituyente Democrático<b> CARLOS TORRES Y TORRES LARA<b>Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático<b> Lima, 21 de octubre de 1994.<b> Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. <b> JORGE CAMET DICKMANN<b>Ministro de Economía y Finanzas<b><hr>